Las reglas para la publicidad electoral en Neiva

Con el propósito de garantizar la equidad entre los partidos políticos y preservar el orden urbano durante la contienda electoral, la Alcaldía de Neiva, liderada por el alcalde Germán Casagua Bonilla, expidió el Decreto 0019 de 2026, mediante el cual se establecen los lineamientos para la publicidad política en el marco de las elecciones al Congreso y las consultas presidenciales del próximo 8 de marzo.


“Este acto administrativo busca fijar límites claros para cada candidato y campaña, generando equidad, confianza y transparencia en el proceso, además de proteger el espacio público y reducir la contaminación visual”, señaló la directora de Justicia, Diana Margarita Morales Cortés, al presentar la normativa.


El decreto establece que cada partido o movimiento político podrá instalar hasta 14 vallas con un área máxima de 48 metros cuadrados, además de dos pasacalles por comuna y cinco pendones por candidato, siempre con autorización previa del Departamento Administrativo de Planeación Municipal. También se fijan topes para la publicidad en medios: 70 cuñas radiales y 70 televisivas de máximo 30 segundos, y hasta cinco avisos diarios en prensa escrita por campaña.


Asimismo, se habilita la publicidad móvil bajo autorización de la Secretaría de Movilidad, pero se prohíbe la instalación de material electoral en zonas como la Calle Cuarta, Avenida La Toma, Carrera Octava y Avenida Circunvalar, salvo en las sedes oficiales de los candidatos. Tampoco se permitirá publicidad en separadores viales, postes, parques, rondas hídricas ni murales.


La Administración Municipal advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones dará lugar al retiro inmediato de la publicidad y a sanciones conforme a la normatividad vigente. Además, recordó que los partidos y campañas dispondrán de 48 horas tras la jornada electoral para desmontar toda su propaganda, evitando sanciones por permanencia indebida del material.








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